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Personal especializado se encarga de certificar la inviolabilidad de las evidencias

En cadena de custodia van también contenidos digitales (DOCUMENTO)

La cadena de custodia inicia en la escena del crimen, la evidencia se recoge,  preserva y vigila para que siempre sea la misma. Foto: Miguel Jiménez.
La cadena de custodia inicia en la escena del crimen, la evidencia se recoge, preserva y vigila para que siempre sea la misma. Foto: Miguel Jiménez.
16 de abril de 2014 - 00:00

La prueba dentro de un proceso judicial es de suma importancia, ya que aporta elementos que constituyen evidencias para condenar o absolver a los sindicados en una causa; por lo tanto, la cadena de custodia es vital para garantizar su conservación y pureza.

El artículo 456 del nuevo Código Orgánico Integral (COIP) señala que: “Se aplicará cadena de custodia a los contenidos físicos o contenido digital materia de prueba, para garantizar su autenticidad, acreditando su identidad y estado original; las condiciones, las personas que intervienen en la recolección, envío, manejo, análisis y conservación de estos elementos y se incluirán los cambios hechos en ellos por cada custodio”.
La cadena inicia en el lugar donde se obtiene, encuentra o recauda el elemento de prueba y finaliza por orden de la autoridad competente.

El médico forense Michael Santorum mencionó que la cadena de custodia se inicia en el sitio donde se recoge la evidencia, la cual debe ser manipulada por el personal especializado de la Policía o el designado por la autoridad competente, al material se le otorga un número único que se fija en la evidencia siguiendo los protocolos de ingreso a las bodegas o laboratorios policiales; además, se colocan sellos para reforzar la seguridad e inviolabilidad de la muestra. (Ver Registro Oficial en pdf)

Esta prueba es mantenida y solo será movida de la misma manera por el personal especializado y llevada al juez durante el desarrollo de una causa, para que pueda ser valorada en el juzgamiento.

Cuando interviene un perito que analiza la evidencia posteriormente por orden judicial, este tiene que revisar la cadena de custodia antes de hacer la experticia; una vez que elabora el informe regresa al sitio de acopio con el mismo proceso, está cadena no debe romperse por ningún motivo.

“La cadena de custodia da la certeza de que un indicio no ha sido reemplazado por otro o vulnerado, es de mucha relevancia para dar la seguridad de que es original, la pericia convierte el indicio en evidencia; si se rompe, cualquiera puede dudar de que fue adulterado o cambiado, es clave. Si no hubiese esta cadena los casos se caerían”, dijo el experto.

En el Código Penal vigente se encuentra tipificada la figura de la custodia, pero en el nuevo COIP esta se explica mejor. El inciso segundo de la norma señala: “Son responsables de su aplicación, el personal del sistema especializado integral de investigación de medicina legal y ciencias forenses, el personal competente en materia de tránsito y todos los servidores públicos y particulares que tengan relación con estos elementos, incluyendo el personal de servicios de salud que tengan contacto con elementos físicos que puedan ser de utilidad en una investigación”.

Esta normativa es de suma importancia para preservar la prueba en el proceso, señaló el fiscal José Luis Jaramillo, quien además estima que esta cadena otorga la confianza absoluta de las pruebas y garantiza que puedan ser usadas en el juicio por los fiscales, abogados y personas involucradas en el proceso judicial.

Este concepto técnico jurídico implica la secuencia de mando para certificar que la evidencia que sirve de prueba no se ha cambiado desde el momento en que es identificada, levantada, rotulada, numerada y descrita por el perito en la inspección ocular técnica en la escena del delito, hasta que es utilizada en la audiencia de juicio, explicó el fiscal.

“Esto asegura que la evidencia sea la misma desde que se levanta hasta su presentación en el juicio, lo cual es una secuencia de mando oficial, bajo dirección técnica del fiscal que efectúa el levantamiento y verificación”, señalóJaramillo, quien destacó la importancia de este artículo del COIP.

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