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El juez y la defensa de la democracia

El juez y la defensa de la democracia
20 de enero de 2014 - 00:00

El comportamiento de los (las) jueces (zas) estaría condicionado por la mayor o menor organización del aparato gubernamental y de las estructuras del poder público en general, por consiguiente, su papel no se acaba en la vigencia del derecho objetivo y su aplicación, sino que se complementa con la permanente tutela de intereses, violados o amenazados. El papel de los operadores jurídicos también es hacer que ese aparato gubernamental y la institucionalidad del poder público respete los derechos, libertades y garantías previstos en todos los instrumentos internacionales sobre DD.HH. Esta es una de las principales premisas, entre otras, que aborda el estudio El Juez y la Defensa de la Democracia, Un Enfoque a partir de los Derechos Humanos, publicado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, en el año 1993, conjuntamente con la Comisión de las Comunidades Europeas. La voz de magistrados y juristas como Zaffaroni, Espinal Irías, Nieto Navia, Schwank Durán, Volio Jiménez, Pierini –y muchos más-, exigían y defendían la necesidad de fortalecer el Poder Judicial para la defensa de los derechos humanos e insistían sobre los esfuerzos necesarios para profundizar los instrumentos internacionales de protección de derechos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos expresó en la Opinión Consultiva OC-11/90 en el año 1992, sobre Excepciones al Agotamiento de los Recursos Internos, que la obligación de los Estados Parte de la Convención Americana es la de “organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos”.

A pesar de ser una obra publicada hace veinte años, su pensamiento y activismo judicial renueva su importancia, precisamente por la dimensión que cobra para las y los servidores judiciales la aplicación de principios y normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Pero ese propósito debe ampliarse con el estudio de las problemáticas que afectan las normas internas e internacionales sobre esta materia. Esta constituye otra de las tareas más urgentes de la Escuela Judicial, analizar y capacitar sobre los roles más actuales de jueces y juezas para la protección de los derechos fundamentales, así como asumir los obstáculos y desafíos que enfrentan para la vigencia material de aquellos en sus respectivas áreas.

La transformación de la justicia es posible cuando el ciudadano común sienta que sus derechos fundamentales están realmente protegidos y esta debe ser, sin duda, meta prioritaria para consolidar el cambio de la administración jurisdiccional. El ordenamiento jurídico se constitucionaliza en la medida que sus representantes y operadores jurídicos ejercen la potestad pública para cumplir los compromisos internos y externos hacia la defensa de los derechos humanos.

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