El 20% de personas que recupera la libertad vuelve a delinquir
Un hombre de 54 años fue capturado por robar una bicicleta. Lo sorprendente es que su número de registros delictivos era muy cercano al de su tiempo de vida, tenía 51 antecedentes penales. El jueves último quedó con prisión preventiva una vez más por el delito de robo.
Víctor González, fiscal de la Unidad con Competencias en Delitos Flagrantes, precisó que en el prontuario delictivo del ciudadano había sobre todo casos de hurtos contravencionales, que —según el Código Orgánico Integral Penal (COIP)— es cuando la persona se apodera de una cosa cuyo valor no supera el 50% del sueldo básico unificado (artículo 209). La sanción por esta conducta es de 15 a 30 días de privación de libertad. “Del 100% de casos que recibimos, en el 80% los sospechosos tienen detenciones anteriores”.
El funcionario indicó que el hurto, el robo y el tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización son los tipos penales que más se observan en la reincidencia delictiva y explicó que esta solo aplica cuando el ciudadano repite el mismo acto ilícito por el que fue condenado. En cambio, cuando cambia el hecho por el que es aprehendido se habla de una conducta habitual delictiva.
González considera que una de las principales causas para que las personas delincan una y otra vez es porque cuando salen de los centros de privación de libertad no tienen una oportunidad de trabajo, ya que uno de los requisitos es el certificado de no tener antecedentes penales. “Entonces tienen dos vías, se dedican a una labor informal o a infringir la ley”, asegura el jurista.
Además, indicó que en ocasiones se presentan otras circunstancias, cuando las víctimas ni siquiera denuncian un delito o no sigue el proceso. “Nos quedamos de manos atadas, porque no podemos emitir una acusación debidamente motivada por falta de elementos de prueba. Además el COIP establece acuerdos de conciliación cuando el delito se sanciona con penas menores de cinco años y ahí víctima y procesado suelen llegar a acuerdos a espaldas de la Fiscalía”, dijo González.
César Navas, ministro del Interior, precisó que el 20% de las personas que salen en libertad es detenido nuevamente por delinquir; “hasta han estado implicados en muertes violentas”.
El Ministro informó: “Estamos considerando hacer un seguimiento de estas personas y ver su comportamiento. El porcentaje no es excesivo, pero preocupa y tal vez es más el número de los que vuelven a delinquir y no son detenidos”.
Añadió que la Policía y el Ministerio del Interior trabajan para evitar que los delincuentes salgan en libertad por procesos no justos. “Contamos con un equipo de apoyo y cuando vemos que un proceso no se cumple a cabalidad lo exponemos de forma directa. En Esmeraldas, Manabí, Guayas, Los Ríos y El Oro ya contamos con abogados que trabajan con comandantes subzonales”.
El abogado Julio César Cueva manifestó que el artículo 11 de la Constitución, en el numeral dos, establece que ninguna persona puede ser discriminada —entre otras circunstancias— por su pasado judicial. “En ocasiones en los partes de detención o informes de investigación se especifican las aprehensiones previas y eso suele ser tratado en los juicios, eso constituye un acto de discriminación y un perjuicio indebido”.
Enfatizó además que nadie puede ser detenido solo por tener antecedentes delictivos, porque eso sería una violación a los derechos humanos del ciudadano.
Cuando hay una personas con demasiadas aprehensiones hay dos fenómenos: o lo discriminan de tal forma que la detienen por como se ve o porque se parece a alguien que mencionó una víctima o que el sistema falla al no obtener pruebas para condenarlo. (I)