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El Telégrafo
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COIP establece el dispositivo de vigilancia electrónica (DOCUMENTO)

COIP establece el dispositivo de vigilancia electrónica (DOCUMENTO)
27 de marzo de 2014 - 00:00

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) incorporó en el artículo 522 la utilización de un dispositivo de vigilancia electrónica (DVE) para asegurar la presencia del procesado. Esta nueva disposición está en el capítulo referente a las medidas cautelares. 

La norma señala que: la o el juzgador podrá imponer una o varias de las siguientes medidas cautelares para asegurar la presencia de la persona procesada y se aplicará de forma prioritaria a la privación de libertad:

1. Prohibición de ausentarse del país.

2. Obligación de presentarse periódicamente ante el juzgador que conoce el proceso o ante la autoridad o institución que designe.

3. Arresto domiciliario.

4. Dispositivos de vigilancia electrónica.

5. Detención.

6. Prisión preventiva.

La o el juzgador, en los casos de los numerales 1, 2 y 3 de este artículo, podrán ordenar, además, el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica.

La asambleísta Gina Godoy opinó que en este artículo se afianza la seguridad del proceso y que los acusados acudan a todas las instancias, además de que se descongestionarán los centros carcelarios con la utilización de esos artefactos, “lo cual no es una afectación a los derechos humanos, más bien se está entablando la necesidad de seguridad”.

También, comentó que si una persona utiliza un brazalete no significa que va a tener un letrero en la frente para decir ‘yo delinquí’, sino que esa información va a manejarla una instancia especializada que ubicará al usuario para, incluso, prevenir el cometimiento de nuevos delitos.

El Consejo de la Judicatura será el encargado de adquirir y administrar estos dispositivos, los cuales serán monitoreados por personal del Ministerio de Justicia.

En este tema hay experiencias regionales de países como Colombia, Brasil, Estados Unidos, donde estos aparatos dan buenos resultados.

Las personas que tengan arresto domiciliario o los victimarios de violencia intrafamiliar, dependiendo del tipo penal podrían ser sancionados con la utilización del DVE, esto “evitará posibles fugas y garantizará la seguridad de la ciudadanía”, afirmó Godoy.

LEA EL DOCUMENTO AQUí

 

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