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$ 12 de multa a médicos que incapacitaron a mujer

Arnulfo Ríos mostró una foto de Mireya cuando estaba internada, hoy tiene otro aspecto. Foto: Karly Torres
Arnulfo Ríos mostró una foto de Mireya cuando estaba internada, hoy tiene otro aspecto. Foto: Karly Torres
20 de marzo de 2014 - 00:00

El Tercer Tribunal Penal del Guayas declaró culpables a los médicos Giovanni G., Fátima A., Arturo V. y Orlando R. en grado de autores de causar lesiones inintencionales por falta de previsión a Mireya Ríos, quien el 9 de julio de 2009 ingresó para ser atendida por su estado de embarazo, pero tras una operación quedó con el 80% de incapacidad psicomotriz. Al galeno Mario E., otro de los procesados, le ratificó el estado de inocencia.

Mireya Ríos, en esa época con 22 años, acudió a su último chequeo prenatal al consultorio, ubicado en las calles 6 de Marzo y Pedro Pablo Gómez, en el centro de Guayaquil, pero por las complicaciones médicas fue sometida de urgencia a una cesárea, pero durante el procedimiento sufrió un “accidente anestésico” que la dejó con deficiencias físicas y psíquicas de por vida.

El tribunal basó su dictamen en el artículo 472 del actual Código Penal e impuso una pena de prisión de tres meses y multa de $ 12. Un caso similar se sancionaría de una forma más drástica, según el artículo 152 (5) del Código Orgánico Integral Penal, que entrará en vigencia en agosto: Si produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años (en concordancia con el artículo 146 que se refiere a la mala práctica profesional).

Pero en la resolución consta que a Giovanni G. se lo responsabilizó de practicar la cirugía pese a que la clínica no contaba con la unidad de cuidados intensivos; a Fátima A. se la culpó de requerir la operación y no atender a la víctima tras la complicación (dos horas sin auxilio antes del traslado a un hospital). A Arturo V. se le imputó por colocar la anestesia sabiendo que se trataba de una emergencia y que el establecimiento carecía de una sala para atención especial; mientras que a Orlando R., representante del sanatorio, se lo acusó de permitir que se practicara la cesárea en esas condiciones. Arnulfo Ríos, padre de la víctima, considera la condena injusta.

“Parece una burla, mi hija que está como un vegetal y no hay esperanzas de que mejore, estará así hasta que Dios le dé vida, antes era una mujer normal”, dijo y agregó que ya presentaron la apelación.

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