Agencias de publicidad se ajustan al factor nacional
El pasado 25 de julio venció el plazo para que las agencias de publicidad puedan realizar todas sus producciones en el país y con personal ecuatoriano.
La medida consta en la Decimotercera disposición transitoria de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), la cual fijó un plazo de 30 días para aplicar los cambios.
Ahora los productores y medios de comunicación deben cumplir con las normas para la producción y difusión de publicidad en territorio ecuatoriano.
En ese sentido, el artículo 98 de la norma antes citada prohíbe “la importación de piezas publicitarias producidas fuera del país por empresas extranjeras”. Agrega que para “efectos de esta ley, se entiende por producción de publicidad a los comerciales de televisión y cine, cuñas para radio, fotografías para publicidad estática o cualquier pieza audiovisual utilizada para fines publicitarios”.
DATOS
El artículo 98 establece que “no podrá difundirse la publicidad que no cumpla con estas disposiciones, y se sancionará a la persona natural o jurídica que ordena el pautaje con una multa equivalente al 50% de lo que hubiese recaudado por el pautaje de dicha publicidad”. En caso de la publicidad estática se multará a la empresa que difunde los anuncios.
La Asociación Ecuatoriana de Agencias de Publicidad registra 36 dependencias registradas en Quito, Guayaquil y Cuenca
Los derechos de difusión de las películas serán adquiridos a cambio del 2% del total de los ingresos del canal por concepto de publicidad. En los canales cuya área de cobertura sobrepase los 500.000 habitantes, el porcentaje de adquisición de derechos será del 5%.Para el director de cortometrajes, Esteban Fuertes, esta normativa es positiva porque promueve el trabajo ecuatoriano. Explicó que antes, las grandes corporaciones preferían una publicidad en el exterior y la mandaban a toda América Latina, sobre todo a los países que no tenían protección como Ecuador. “Ahora deberán hacer sus propias piezas publicitarias, lo cual genera más trabajo a los creadores del país”, acotó el gestor cultural.
En el caso de necesitar una imagen externa, se la importa y se la edita en Ecuador, tanto en televisión como en cine. En el caso de requerir alguna imagen se deberán encontrar soluciones creativas, pero esos casos son “extremos”, agregó Fuertes.
Para Jorge Reinoso, director de medios de la Agencia de Publicidad ABP, este plazo es muy corto porque se necesita primero establecer un reglamento para solucionar inconvenientes como las fotografías e imágenes extranjeras.
Para él, primero tienen que abastecerse de una gama de fotografías de lugares extranjeros para evitar tener que viajar y por ende violar la ley. Por eso califica como desfavorable a la decisión, ya que tendrán que mandar a tomar la fotografía de cierto lugar turístico en el mundo, lo que incide en el costo final para el cliente.
A pesar de que la ley ya está vigente, considera que en el “camino” se puedan regular este y otros inconvenientes.
Carlos Manuel Pachano, gerente general de Lowe Delta Ecuador, coincide en que el plazo establecido en la Ley también afectó la producción gráfica.
Según él se necesita mayor tiempo de preparación, preproducción y producción, al ser difícil el acceso de bancos de fotografías. Añadió que varios clientes aún no asimilan esta nueva forma de trabajo y otros ya lo comprenden. En ciertos casos, al no tener el material, han decidido parar o retrasar pautas en un 30% del total de campañas.
Otro punto que cuestionó es que en Ecuador se necesitan artistas con mayor preparación de dotes histriónicos y actorales para los castings.
Paulina Mogrovejo, miembro del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, aseguró que actualmente trabajan en un Reglamento General que permita aclarar algunas dudas. Hoy se reunirán los miembros del Consejo para poder abordar este tema, dijo.
La Asociación Ecuatoriana de Agencias de Publicidad (Aeap) dispuso no realizar ninguna declaración hasta que el reglamento de la Ley de Comunicación se apruebe.