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Desde el 29 de julio hasta el 9 de septiembre tendrán la condonación del 50%

SRI cobra $ 763 millones por deudas y multas

SRI cobra $ 763 millones por deudas y multas
28 de julio de 2015 - 00:00 - Redacción Economía

Desde el 6 de mayo, fecha desde la que  se aplica la  Ley de Remisión de Intereses, Multas y Recargos, el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaudó $ 763’392.561 millones.

Quienes pagaron el total del capital del impuesto adeudado (314.216 contribuyentes), dentro de los primeros 60 días, obtuvieron la remisión del 100% de los intereses y recargos.

Guillermo Belmonte, director Nacional de Recaudación del SRI, explicó que el número de contribuyentes beneficiados se suma a los 553.457 que tenían deudas antiguas, las cuales se extinguieron solo con la publicación de la ley en el Registro Oficial (5 de mayo). “La suma de estos dos grupos más los del RISE da el total de beneficiarios de 978.429 contribuyentes”, aseveró.

El funcionario informó que en los últimos días han tenido en promedio pagos de $ 40 millones diarios, incluso “hemos recibido pagos del exterior, de países como México y  Japón. Solo en la mañana de ayer el SRI recibió $ 28 millones”.

“La ley ha sido positiva no solo por el tema recaudatorio sino por el flujo de cada uno de los contribuyentes y por la inversión. Todo lo que se han ahorrado en intereses, multas y recargos de seguro va a la inversión, reinversión de nuevas iniciativas que van a beneficiar a los ecuatorianos de manera directa e indirecta”, destacó Belmonte.     

El plazo inicial para que se condone el 100% de los intereses, multas y recargos concluye mañana (por la visita del Papa se aumentó un día). Mientras que quienes paguen sus obligaciones tributarias desde el 30 de julio hasta el 10 de septiembre tendrán la remisión del 50%.

Según el SRI, ayer, hasta la mañana, 58.082 contribuyentes del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) cancelaron $ 1’282.505.

Adicionalmente a ello se les extinguieron las obligaciones a 52.674. En total los contribuyentes de RISE beneficiados por la ley son 110.756.

“Esto es muy importante, los del RISE son los más pequeños, los que pagan desde $ 2 hasta $ 100. Beneficiarse con el $ 50 de remisión quizá les representa su capital de trabajo”, expresó Belmonte

En cambio, por concepto de impuestos vehiculares se recaudaron $16’476.715, lo que permitió a 78.308 propietarios de automóviles ponerse al día con estas obligaciones tributarias. Con la sola publicación de la ley se beneficiaron -porque hubo deudas que se extinguieron- 475.149 propietarios.

Contribuyentes beneficiados

Casi 2 millones de contribuyentes podrían acogerse a la ley. Uno de los contribuyentes que se acogió a la remisión es José Pérez (nombre protegido), quien considera que la normativa le cayó como una bendición. Los ojos aún se le llenan de lágrimas cuando recuerda lo que un funcionario le dijo: “Usted puede beneficiarse de la ley. De esta deuda ya no debe nada”.     

Según sus cálculos, aún debía cancelar más de $ 100.000 para estar al día con el SRI. Ese era un peso que le impedía estar en paz desde hace 6 años.

Todo empezó cuando el SRI practicó una auditoría de la actividad efectuada por su empresa en 2005 y 2006.

Entonces, se evidenció que el contador cometió algunos errores, sin respaldo de una parte de los gastos efectuados. Al finalizar el examen especial, la administración tributaria fijó una glosa de $ 202.000 y los intereses empezaron a generarse. Hasta el jueves 7 de mayo de 2015 los intereses, multas y recargos sumaban $ 207.000.

“Quisimos pagar, firmamos un convenio de pago, pero se presentaron circunstancias difíciles para la familia y suspendimos esos desembolsos”, contó el ciudadano que aún se estremece al recordar lo que su familia vivió cuando secuestraron a su hermano y la familia tuvo que pagar el rescate.

El tiempo pasó y los intereses se fueron sumando al capital. En 2013 logró retomar los pagos mensuales y hasta abril de 2015 canceló $ 273.000, según consta en los registros del SRI, indicó Mauricio Lara, jefe Nacional del Departamento de Cobro de la entidad.

Hace dos meses se acercó hasta las oficinas de la administración tributaria para conocer los alcances de la Ley de Remisión y consultar si podría beneficiarse. Tras realizar las consultas, el funcionario le dijo: “De esta deuda ya no debe nada”.

José logró saldar esa deuda. “Mi vida cambió. Tenía dificultades con los proveedores, la empresa tenía problemas por el flujo de caja y hasta en los bancos teníamos que enfrentar inconvenientes porque nuestra calificación como sujeto de crédito era baja”, subrayó.

Un sector que también se beneficia de la remisión es el de la construcción, que podrá aplicar un mecanismo de compensación que le permita pagar sus deudas tributarias con facturas y planillas.

La directora general del SRI, Ximena Amoroso, recordó que la Ley de Remisión aplica solo para las deudas pendientes de pago que debían cumplirse hasta el 31 de marzo de 2015. El Impuesto a la Renta de sociedades de abril de 2015 y las retenciones realizadas a terceros determinadas por el SRI no aplican.

Se superó la meta prevista

El 6 de mayo, las autoridades dijeron que esperan recaudar al menos $ 500 millones adicionales con la medida, sin embargo, al momento la cifra superó los $ 763 millones. “Dentro de esos ajustes se tomó la decisión de implementar la Ley de Remisión y condonación de intereses, multas y recargas, que permitió que hayamos recaudado este monto, siendo un proceso exitoso porque benefició a 980.000 ciudadanos y aún no hemos llegado al día 60 que se cumplirá mañana”, señaló Ximena Amoroso, quien recordó  que la iniciativa de esta  ley se dio tras la reunión que mantuvieron el sector empresarial y el presidente  Rafael Correa, el 2 de marzo. (I)

DATOS

En el caso de las deudas suspendidas por temas legales el beneficiario deberá realizar el desistimiento, por lo que el contribuyente acudirá al juez a cargo con un escrito que exprese su deseo de concluir el litigio para acogerse a la remisión, adjuntando el pago total del capital del impuesto.  

Para el caso de los deudores del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) y de matriculación vehicular, los contribuyentes pueden acercarse directamente a las entidades bancarias donde se realizan los pagos habitualmente y ahí le indicarán los montos a cancelar, sin intereses, ni multas o sobrecargos.

Las deudas en las que el SRI no ejerció una acción coactiva, ni notificó un auto de pago de más de 5 años contados a partir de que fueron firmes, quedan prescritas de manera permanente, por lo que el contribuyente debe solicitar la prescripción.

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