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El FUT no está registrado como organización laboral

El FUT no está registrado como organización laboral
12 de noviembre de 2018 - 00:00 - Redacción Economía

Con 45 años de existencia, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), una de las principales y más tradicionales  agrupaciones de sindicatos del país, no posee personería jurídica. Es decir, no está legalmente constituido.

En los registros del Ministerio de Trabajo no consta como una organización laboral. Pero los grupos que lo integran sí son reconocidos como tales, pues cumplieron con los requisitos y sus estatutos fueron debidamente aprobados.

Son la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (Ceosl), Confederación de Trabajadores del Ecuador (CTE), Unión General de Trabajadores del Ecuador (UGTE), Federación Nacional de Obreros de los Consejos Provinciales del Ecuador (Fenocopre), Federación de Trabajadores Municipales y Provinciales (Fetmyp) y la Unión Nacional de Educadores (UNE).

Sus filas suman más de 400.000 trabajadores de los  sectores público y privado en todo el país.

Lejos de alarmarse por la situación, José Villavicencio, presidente del FUT, confirmó a EL TELÉGRAFO la condición jurídica de la agrupación, creada en 1973.

Explicó que es una “organización de hecho”, amparada en la Constitución y normas internacionales. Y, además, no está entre sus planes  iniciar el proceso para constituirse legalmente.

¿La razón? Las decisiones que involucran acciones jurídicas son emprendidas y ejecutadas por cualquiera de los siete sindicatos que lo componen.

El séptimo numeral del artículo 326 de la Constitución de la República garantiza el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización  previa. 

Engloba a sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de organización, afiliarse  a  las  de  su elección  y  desafiliarse  libremente.

El FUT apareció por la asociación voluntaria de las organizaciones, para tener un ente simbólico que los represente en ámbitos de carácter político-sindical y coordine sus decisiones, describió Joaquín Viteri, abogado laboral y exdirector del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Sin embargo, por su condición, no puede presentar denuncias judiciales a nombre de los trabajadores, agregó el jurista.

Tampoco puede suscribir contratos, convenios o acuerdos de cualquier índole con el Ministerio de Trabajo.

Raúl Ledesma, titular de esa cartera, manifestó que el Estado reconoce al FUT y que “si desea registrarse tendría que cumplir con los mismos requisitos que cualquier otra organización”. El proceso para constituir legalmente un sindicato no debe demorar más de 30 días, señaló Ledesma.

El ministerio registra a escala nacional 5.885 organizaciones laborales (entre sindicatos, centrales, federaciones, confederaciones, asociaciones, gremios y más) con 275.825 miembros.

Entre mayo de 2017 y lo que va de 2018, un total de 545 agrupaciones obtuvieron la personería jurídica, de las cuales 203 se aprobaron en 2017 y 342 en 2018.

A decir de Ledesma, en períodos anteriores no hubo una dinámica similar, debido a que las solicitudes de las organizaciones estaban represadas, en muchos casos, a pesar de cumplir con todos los requisitos. Este año se autorizó la formación del Frente de Trabajadores Públicos y Privados, que cobija a 9 sindicatos.

El ministerio observó que existe “información distinta” con respecto a las agrupaciones de trabajadores legalmente reconocidas.

En la entrevista que Ledesma concedió a este diario, el 5 de noviembre, se comprometió a entregar números detallados de las organizaciones vigentes, pero hasta el cierre de esta edición los datos no fueron proporcionados.

El secretario de Estado mencionó que se procederá con la actualización de los registros del ministerio, dado que en algunos casos las organizaciones acogen a más agrupaciones, pero no remiten la información. “Hay instituciones que probablemente tienen más sindicatos que los que nosotros tenemos registrados”.

Por esa falta de claridad, la cartera de Estado envió una circular a todos los sindicatos,  centrales, federaciones y más, solicitando que en un plazo de 30 días den cuenta de sus integrantes, directiva, elecciones y aportes.

En casos en donde las elecciones de directivas no se hayan realizado, incumpliendo los estatutos, el ministerio exigirá que los procesos se lleven a cabo con un observador de la institución.

Ledesma aprovechó para hacer un exhorto a que las organizaciones revisen sus estatutos en cuanto a que sus dirigentes puedan ser elegidos por más de un período. La propuesta es generar alternancia en las cúpulas laborales. (I)  

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