Los jugadores profesionales se sienten desamparados
Pese a realizar los pedidos al Ministerio de Relaciones Laborales y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), la Asociación de Futbolistas del Ecuador (AFE) no ha recibido respuestas sobre la verificación de pagos y aportes de seguridad social a los jugadores que demandan de varios clubes profesionales el cumplimiento de estos haberes.
Hasta la tarde de ayer, la AFE no recibía la contestación de las entitades referidas. Jorge Guzmán, gerente del gremio, indicó que a través de oficios se solicitó -tanto al Ministerio como al IESS- la inspección correspondiente: “Pedimos los roles de pago de los salarios y los comprobantes de cancelación del décimo tercer sueldo”.
La agremiación tampoco concuerda con la rebaja de sueldos insinuada por algunos directivos, pues tal pretensión es ilegal en elementos que tienen contratos vigentes.
Tampoco entiende por qué los contratos, al menos la mayoría, no son registrados en el Ministerio de Relaciones Laborales; dijo que son enviados directamente desde los clubes hasta la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).
Sobre la posición de la FEF ante la medida de hecho anunciada por la AFE, de que los futbolistas no actuarán en el campeonato nacional de 2014 mientras no se les cancele lo adeudado, Guzmán mencionó que solo de manera extraoficial conoce el pronunciamiento del presidente de la FEF, respecto a no permitir presentarse a los clubes que no cubran los dineros pendientes.
La ley
Giovanny Cárdenas, miembro de la Asociación Latinoamericana de Derecho del Deporte (Alade) y abogado de 10 jugadores que demandan el pago de remuneraciones atrasadas, afirmó que el Ministerio de Relaciones Laborales podría actuar de oficio y enviar a sus inspectores a las instituciones deportivas.
Que los clubes sean reconocidos como organizaciones sin fines de lucro, con finalidad social y pública, por la Ley del Deporte (artículo 15), no les resta ninguna responsabilidad frente a sus empleados. Como toda empresa, son empleadores y, por tanto, deben cumplir con todos los pagos estipulados en el Código del Trabajo. El incumplimiento en el desembolso puntual de los salarios puede ser objeto de multas a los clubes y, en cualquiera de los casos, esas sanciones se extenderían a los representantes legales.
Recordó que es obligación de los clubes enviar al Ministerio de Relaciones Laborales los contratos. El Código del Trabajo establece que todos los empleadores deben registrar y certificar allí esos documentos.
La responsabilidad del IESS de actuar de oficio es similar, ya que es en esta entidad en donde se comprueba si los patronos cumplen o no con las remuneraciones. El Seguro Social tiene la potestad de establecer juicios coactivos a los patronos o empleadores morosos.
“Los juicios coactivos no son juicios comunes y corrientes como los otros en los que se presentan pruebas y se justifican los motivos del incumplimiento, el patrono paga porque paga. Lo único que podría negociar el empleador son los plazos, pero como es un tema de solidaridad ante los empleados no puede dejar de pagar porque está perjudicando al otro”, detalló.
Por todas estas razones, la preocupación de la AFE ante la falta de respuesta de los entes estatales es justificada, sobre todo porque los medios de comunicación han ofrecido amplia información de los clubes que no cubren los salarios de los jugadores.
Según Guzmán, la petición escrita al IESS se hizo antes del 15 de diciembre de 2013 y la carta al Ministerio de Relaciones Laborales se ingresó el 18 de diciembre.
La AFE insistirá la semana entrante en las gestiones ante el Ministerio de Relaciones Laborales y el IESS. Sus líderes confían en tener respuestas positivas a favor de sus derechos.
No hay dinero
La mayoría de casos se tramita en la FEF, los jugadores o técnicos recurren a un reclamo de pago. Giovanny Cárdenas, quien abordó sus primeros casos de incumplimiento de contratos en 2008, manifestó que la situación empeoró en los últimos años.
Antes, casi siempre se aceptaban las propuestas de los clubes en torno a plazos de pago, pero ahora casi no se concretan acuerdos. Los directivos llegan a la audiencia de mediación de la FEF y aceptan que les sigan juicios, ya que eso, de una u otra manera, es una forma de tener más tiempo para conseguir dinero y cancelar las deudas.
La máxima sanción por incumplimiento de pago es suspender al club de jugar en el torneo, eso estipula el reglamento de la comisión disciplinaria de la FEF. Si un equipo no paga al primer llamado, cancelará una multa de 2.000 dólares; si luego de ocho días reincide en el incumplimiento, será suspendido o perderá, de ser el caso, los 3 puntos ganados en un cotejo anterior.
Otra normativa que aborda el tema es la Ley del Futbolista, que tampoco se ha hecho cumplir. En su artículo 22 dice que, en caso de mora de dos meses o más, el jugador podrá presentar un reclamo en la FEF, que exhortará al club a cancelar la deuda en 15 días. De lo contrario, la FEF o la respectiva asociación provincial retendrá de la taquilla o de otros ingresos del ente los valores adeudados para saldar al jugador.
Lo curioso en los clubes es que ninguno ha sido declarado en quiebra ni sometido a liquidación, y aunque han demostrado insolvencia continúan incorporando jugadores. La quiebra es una forma de disolución que tiene cualquier empresa, pero no consta como castigo dentro de la legislación ecuatoriana por la falta de pago a los empleados y solo puede ser dictaminada por un juez civil en otro tipo de deudas.