El proceso de regularización es progresivo
De la misma manera en que las 47 Federaciones Ecuatorianas por Deporte -al igual que las Provinciales- tuvieron que regularizar sus estatutos para convocar a elecciones y conformar las nuevas directivas, el Comité Olímpico Ecuatoriano (COE) tendrá que hacerlo, tal como estipula el Artículo 1 de la Ley del Deporte, que fue aprobada el 11 de agosto 2010.
“Las disposiciones de la presente Ley, fomentan, protegen y regulan al sistema deportivo y educación física de recreación en el país. Regula técnica y administrativamente las organizaciones deportivas en general y a sus dirigentes, la utilización de los escenarios financiados con recursos del Estado (sic)”, dice el texto.
El conflicto, que se originó desde abril del 2012 cuando el Ministerio del Deporte intervino a las 47 Ecuatorianas por no haber regularizado sus estatutos, tiene inmersos en una crisis a los deportistas ecuatorianos que no pueden competir en torneos internacionales ya que el COE no los inscribe al no tener el aval de la Federación que este reconoce.
El proceso de regularización de las Federaciones finalizaría en mayo próximo. Una vez electos los presidentes de las Ecuatorianas, estos podrán llamar a una Asamblea General para pedir al COE -actualmente presidido por Danilo Carrera- que convoque a elecciones en el ente que representa al Movimiento Olímpico en el país, de la misma forma como ocurrió en 1997, cuando Carrera asumió en el cargo.
Ese año, representantes de 21 Federaciones Nacionales, según el estatuto y reglamentos del COE, solicitaron a Jacobo Bucaram convocar a Asamblea Extraordinaria para evaluar su mandato, pero este se negó.
El país fue suspendido por el COI y meses más tarde este organismo internacional nombró una Comisión Reordenadora, bajo la supervisión del presidente de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), Mario Vázquez, quien llamó a elecciones. Carrera, único candidato postulante, fue electo el 18 de noviembre de 1997 -con votos de 22 Ecuatorianas- presidente del COE.
La Ley aprobada en el pleno de la Asamblea indica que todos los entes deportivos deben regirse a las normas, tal y como consta en el literal D del Artículo 73. El ítem establece que el COE “debe reconocer a una única Federación Ecuatoriana por deporte avalada por la Federación Internacional correspondiente y que tiene que ser aprobada por el Ministerio Sectorial”.
Según el COE, existen dos Ecuatorianas en cada deporte, unas reconocidas por ese organismo y otras por el Ministerio del Deporte.
Pero a criterio de las asesoras del Mindeporte, solo cabe una Personería Jurídica. Es decir, no existen dos Federaciones distintas por cada deporte. Esta asesoría da a entender que hay ex dirigentes que se aferran al cargo y otros directivos que son elegidos en Asamblea con votos de los clubes de alto rendimiento y formativos legalmente constituidos.
Sobre el respaldo que los atletas ecuatorianos le han quitado al presidente del COE, Carrera dijo que él nunca ha estado vinculado con los deportistas y que le basta con el apoyo que le dan las Internacionales como la Odebo (Organización Deportiva Bolivariana), organismo que él también preside.
Ante esto, la asamblea de los representantes de las federaciones deportivas provinciales y demás organismos que conforman la estructura deportiva en el país, de forma unánime, resolvió declarar a Carrera como “Persona No Grata” para el deporte ecuatoriano.