En un artículo de la prensa nacional el señor José Ayala realiza una inusitada defensa del principio de no intervención colocándolo a una altura en la cual no se le permite respirar. Olvida el señor Ayala ciertos conceptos fundamentales que sostienen el principio de no intervención, así como el derecho de asilo y ciertos postulados que son inherentes a la libertad de expresión en una sociedad democrática, los mismos que, para las mentes más recalcitrantes, ni existen, ni son deseables.
El principio de no intervención tuvo su origen en las relaciones entre los países latinoamericanos y los Estados Unidos, cuando nuestras naciones lo reivindicaron como una afirmación de soberanía e independencia contra las frecuentes intervenciones de aquel país en los asuntos internos de los Estados de la región.
El asilo es un medio legítimo de asegurar la tutela efectiva de las libertades civiles y políticas. No es ni podría ser una mordaza que se impone al asilado, quien tiene el deber de no inmiscuirse en asuntos internos del Estado territorial ni realizar actos que alteren la tranquilidad pública, obligaciones que impone el artículo XVIII de la Convención de Caracas y que el asilado ha cumplido.
Cabe mencionar que las actividades de WikiLeaks, no solo tienen lugar fuera de la embajada del Ecuador en Londres, sino que ocurren fuera del territorio británico y están referidas a unos fines que le son propios como entidad informativa.
Rusia también podría sentirse ofendida ante las acusaciones del señor Ayala de contubernio para interferir en las elecciones presidenciales de Estados Unidos y el gobierno de este país, bien podría atribuir a las palabras del excanciller la intención de sembrar dudas sobre la legitimidad del último proceso electoral de aquel país. Tampoco hay objetividad alguna en lo que él denomina intromisión en los asuntos internos de otros países, asuntos sobre los que deja conocer sus opiniones, de manera que cae en lo que critica, interpretando a su antojo con el único fin de desacreditar a quienes no comparten sus puntos de vista.
Pretende que se limite la libertad de expresión del señor Assange y que cese el asilo, demanda tanto más inapropiada si se tiene en cuenta que la misma proviene de quien, como el señor Ayala, fuera Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU; pero, al parecer, en sus afirmaciones pesa más el hecho de haber sido ministro de la última dictadura militar que gobernó el Ecuador que las altas responsabilidades internacionales como promotor y defensor de los derechos humanos.
En el derecho de asilo rigen de modo absoluto los principios de no devolución y de permanencia, así como otro, no menos importante y que deriva de estos mismos principios, conforme al cual el asilo debe continuar mientras persistan las circunstancias que lo motivaron y no puede concluir sin el consentimiento del asilado.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha recordado en su jurisprudencia que la libertad de expresión no solo comprende el derecho y la libertad de expresar el pensamiento propio, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, conceptos que el excanciller parece haber olvidado. (O)
Ec. Andrés Molina Carvajal