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El Telégrafo

Pronto dictamen sobre Ley de Medios argentina

23 de diciembre de 2012

El juez de primera instancia ya ha dictaminado a toda la ley de servicios audiovisuales como constitucional. En verdad, su fallo remite a solo dos artículos todavía objetados, el 45 y el 161; el resto de la ley está en plena vigencia desde poco después de que fuera votada por el Parlamento argentino, en un ya remoto mes de octubre del año 2009.

Es una de las leyes más democráticas que pueda recordarse en Argentina, tanto en su forma como en su contenido. En lo formal, porque recoge años de lucha de la sociedad civil, a través de la llamada Coalición por una Radiodifusión Democrática; esta organización reunió asociaciones de periodistas, radios comunitarias, universidades, estudiosos de la comunicación y otros, quienes durante cinco años bregaron públicamente por una ley que regulara el espacio radial y televisivo, y plantearon los puntos principales de la misma. Luego, al llegar al Congreso Nacional, la votación fue categórica; en diputados el resultado fue de 147 votos a favor y solamente 4 en contra, con una abstención. En senadores, donde se esperaba gran resistencia conservadora -y de hecho ésta se ejerció en los discursos y durante todo el debate- la ley se aprobó por 44 votos a favor y 24 en contra. No cabe duda que tanto a nivel civil como en la votación legislativa, se trata de una ley con enorme legitimidad, la cual excede largamente al Gobierno nacional, el cual no fue ni es su única base de apoyo (representa electoralmente a más de la mitad de los argentinos).     

En lo sustantivo, se trata de una ley que democratiza la palabra pública, ofreciendo un 33% de las licencias a organizaciones sociales, otro 33% al Estado (incluyendo universidades), y solo un 33% a emprendimientos comerciales, lo cual es una ruptura enorme con la condición mercantil que la comunicación audiovisual ha tenido previamente. Las organizaciones de la sociedad civil gozan, así, de la posibilidad histórica de constituirse en sujetos de opinión e información, así como de programas de entretenimiento.   

Por otro lado, la ley obliga a las emisoras, tanto radiales como televisivas, a propalar un importante porcentaje de producción local, lo que está lentamente fortificando las productoras de distintos territorios del país, y dando lugar a todos los actores del espacio cultural (guionistas, actores, escritores, bailarines, etc.).    

Es curioso que algunos de los mismos legisladores que habían perdido la votación se presentaron judicialmente contra la ley, lo cual debiera ser prohibido por los procesos judiciales establecidos, pero sin embargo está permitido. Los artículos que se lograron retener en un paraguas hasta que se dictaminase su constitucionalidad, se relacionan con las limitaciones de cualquier empresa para concentrar propiedad de medios audiovisuales, así como al tiempo –un año- que tienen para abandonar esa propiedad quienes la estén detentando.

En mayo de 2012, la Corte Suprema emitió declaración pidiendo que se dictaminara sobre la cuestión de fondo, y se terminara con las medidas cautelares, cuyo principal actor ha sido el oligopolio mediático Clarín. Ante este pronunciamiento y el hecho consiguiente de que pronto se pondría la ley en funcionamiento a pleno, los diferentes grupos que superan el número de licencias que la ley admite, han presentado sus planes de adecuación a la nueva normativa; solo Clarín no lo ha hecho, planteando un desconocimiento fáctico de la ley, y discutiéndola como si ella no fuera ley en vigencia, sino ley por votarse.

Todo está ahora en su proceso de finalización. El juez de apellido Alfonso, quien debía dictaminar en la causa, coincidió con el fiscal en que la ley es plenamente constitucional. El grupo Clarín apeló, y la apelación va a una Cámara que ya antes se pronunció en pro de Clarín, y cuyos miembros son sospechosos de recibir favores de ese grupo mediático (e imputados judicialmente por ello). Pero el Gobierno ha pedido que dictamine directamente la Corte Suprema, por el mecanismo de “per saltum” recientemente aprobado en el Parlamento. Aún cuando la Corte no aprobara tal salto judicial, la decisión igualmente termina en la Corte. Allí, hasta donde puede verse, predominaría el apoyo a la plena constitucionalidad de la ley (aunque no puede asegurárselo plenamente hasta tanto se dé la votación final).

Resulta  lamentable que una parte decisiva de las prescripciones de una ley con tal grado de gestación y aprobación democráticas, pueda haber sido frenada por tanto tiempo vía  acción judicial; incluso por vía de la más pura dilación y pérdida de tiempo, obviamente realizadas con la esperanza de que el actual gobierno perdiera las elecciones presidenciales. Por el contrario, a esas elecciones el Gobierno las ganó con un porcentaje abrumador. Igualmente las acciones judiciales no cesaron, con Clarín como principal motor de las mismas. Un grupo que tiene cerca de 300 licencias en el país –sobre todo de televisión por cable, un enorme negocio-, y que supera abismalmente a cualquiera de los otros que le siguen en nivel de concentración de propiedad.

Se acerca la hora final de la verdad. Se verá si una ley con muy mayoritario consenso social, puede superar el cerco judicial establecido por un único grupo económico que se resiste a abandonar sus privilegios.

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