Publicidad

Ecuador, 27 de Septiembre de 2024
Ecuador Continental: 12:34
Ecuador Insular: 11:34
El Telégrafo

Las superintendencias y el control del poder

24 de junio de 2013

En el país existen los poderes económico, financiero, mediático, público, etc. Sus decisiones afectan a la población, por lo que le corresponde al Estado supervisar sus acciones para proteger el bienestar e interés público. En el caso del primero, en el mercado de bienes y servicios hay monopolio (una sola empresa, ej. envases de vidrio) y oligopolio (algunas empresas grandes dominan el mercado, ej. telefonía móvil), que podrían utilizar prácticas desleales para perjudicar a sus competidores; realizar acuerdos colusorios para decidir precios; dominar el mercado para fijar precios más altos que afecten al consumidor. Para frenar dichos mecanismos y prácticas se crearon la Junta de Regulación y la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM). La primera dicta las normas para controlar el poder de mercado.

Dicha Superintendencia vigila la utilización de los mecanismos mencionados para defender los intereses de los consumidores. Por ejemplo, cuando hay dominio de mercado, por parte de las empresas, se fijan precios más altos que en competencia. La SCPM elabora una resolución para que elimine o reduzca dicha práctica o de lo contrario se le impone una multa. La empresa puede impugnar la decisión. Esta institucionalidad fue establecida en la Ley de Control del Poder de Mercado.

La Constitución de la República señala que las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.

El poder mediático de los medios de comunicación deviene de su capacidad de influir en la opinión pública. Para una comunicación responsable es importante que, en el caso de las noticias, la información sea veraz, precisa y contextualizada. Si no fuera así, la distorsión que esto causa puede desviar la opinión pública y afectar a las personas aludidas en la noticia. En cuanto al contenido, hay que diferenciar la opinión de otros contenidos. Lo primero implica un criterio, una crítica, un punto de vista, etc., que refleja la posición del columnista o editorialista.

La Ley de Comunicación tiene como objetivo proteger y regular el derecho de los ciudadanos a la información. Parte de ésta tiene carácter de relevancia pública o de interés general. Si bien no hay censura previa para los medios, se establece la responsabilidad ulterior y veracidad de la información. Se estipula el derecho a la rectificación si la información no es precisa o clara. Se crea el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación que dictará las regulaciones y una Superintendencia de la Información y Comunicación que hará cumplir la ley a fin de que se apliquen buenas prácticas mediáticas para una información responsable, profesional y con ética. Si no fuera así, la Superintendencia aplicará las sanciones. El defensor de audiencia y lector permitirá a los ciudadanos reclamar cuando sea afectado por una mala información.

Contenido externo patrocinado