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El Telégrafo

Las minorías quieren imponer las reglas a las mayorías

04 de junio de 2013

Es justo que se sancione la “homofobia” como delito y que se garanticen las oportunidades de trabajo, educación, crédito, derechos ciudadanos a la comunidad GLBT. Que forman familias disfuncionales, que nacen de un hecho de excepción. No pueden recibir el mismo trato para el matrimonio, adopción de hijos y crianza de menores.

Los defensores de las minorías han buscado en las rebeliones sustentadas en el ateísmo, materialismo y género, exigir igualdad e imponer sus creencias y preferencias a la mayoría, con su discurso de víctimas de exclusión. La ideología del género es nociva y no tiene sustento demostrable, como el sexo y la identidad sexual, que se complementan. La conducta sexual de los seres humanos más obedece a sus actuaciones referenciadas a la cultura y a la ley vigente en la sociedad.

A continuación detallamos 9 identidades sexuales: 1) Heterosexual: Relación entre personas de sexo opuesto. 2) Homosexual: Relación entre personas de sexo masculino. 3) Lesbiana: Relación entre personas de sexo femenino. 4) Bisexual: Relaciones con ambos sexos por igual. 5) Transexual: Persona que modifica su apariencia física y órgano reproductivo, mediante el uso de cirugías y hormonas. 6) Travesti: Persona que modifica su apariencia física, mediante el uso de implementos estéticos, sin modificar su órgano reproductivo. 7) Zoofilia (atracción) y Bestialismo (actos sexuales) entre humanos con animales. 8) Necrofilia: Atracción y actos sexuales con cadáveres del mismo sexo u opuesto. 9) Pansexual: Atracción sexual por todas las identidades sexuales, sustentadas en los afectos. (Caso en Ecuador de la mujer transexual inglesa, que se homologó a hombre y se casó civilmente con un hombre homosexual ecuatoriano.)

Proponemos que en la cédula de ciudadanía se complemente Sexo: M o F, con la identidad sexual de entre las 9 identificadas. No puede haber matrimonio entre personas del mismo sexo, sino un “Contrato de Convivencia Voluntaria GLBT”.

Por respeto a sus defensores, siendo coherentes con su realidad de excepción, se debe celebrar ante notarios públicos autorizados. Igual situación con la disolución.

Habrá que regular las peticiones de las minorías cuando representen más del 10% de la población total de votantes, en caso de tener que recurrir a consultas populares, siempre que no afecten la institucionalidad familiar tradicional y el buen vivir.

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