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El Telégrafo

El Plan Cóndor

16 de marzo de 2013

El martes 5 de marzo comenzó en Buenos Aires el juicio por crímenes de lesa humanidad de los que fueron víctimas 106 personas de nacionalidad argentina, paraguaya, chilena, boliviana y peruana en las décadas de los 70 y 80 como resultado de un acuerdo clandestino e ilegítimo de cooperación internacional entre los dictadores que gobernaron en el Cono Sur. Por este acuerdo conocido como Plan Cóndor los dictadores de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Perú y Uruguay se comprometieron en perseguir coordinadamente a los opositores y en general a todo aquel que pudiera significar un peligro para los valores que decían defender.

La aplicación del Plan Cóndor condujo al secuestro, tortura, desaparición y asesinato de miles de personas. El Plan Cóndor creó un espacio de impunidad para los violadores de derechos humanos y otro de inseguridad para quienes no tuvieron otra opción si querían salvar sus vidas de buscar refugio en países vecinos.

En la causa que en este momento se está sustanciando en Buenos Aires se juzgará a los responsables de la desaparición de 106 personas de diversas nacionalidades entre las que se cuentan una mayoría de uruguayos, pero también chilenos, paraguayos, bolivianos, argentinos y un peruano. Los acusados son 25, entre ellos los ex dictadores argentinos Jorge Rafael Videla y Reynaldo Bignone, así como el ex militar uruguayo Manuel Cordero. Sin duda no están todos los responsables. Si su fallecimiento no lo hubiera impedido también hubieran debido estar sentados en el banquillo de los acusados el dictador chileno Augusto Pinochet, el paraguayo Alfredo Stroessner, el boliviano Hugo Banzer, los brasileños Geisel y Figueiredo y los uruguayos Bordaberry y Aparicio Méndez.

Las investigaciones judiciales se iniciaron en 1992 y finalmente el juicio ha comenzado a celebrarse  recién ahora en marzo de 2013. En el ínterin el gobierno de Raúl Alfonsín aprobó las llamadas leyes de Punto Final y Obediencia Debida y Carlos Saúl Menem decretó varios indultos. Sin embargo, en junio de 2005 la Corte Suprema argentina resolvió que estas medidas gubernamentales destinadas a garantizar la impunidad de los responsables de estos graves crímenes no tenían validez jurídica, como tampoco podían tenerla las alegaciones de prescripción que pudieran hacerse y se hicieron.

Cuando la Corte Suprema argentina en el año 2005 resolvió que las leyes de Obediencia Debida y Punto Final no eran jurídicamente válidas y cuando ahora en marzo de 2013 el Tribunal Oral en lo Federal 1 de Buenos Aires decidió abrir el juicio oral tras un período de tiempo que supera ampliamente los plazos de prescripción que contempla el Código Penal argentino, lo hicieron con absoluto respeto del derecho vigente. Incluso más aún, lo hicieron, no por razones morales o éticas, sino porque estaban jurídicamente obligados por las normas que rigen los procesos contra los violadores de Derechos Humanos. De haber actuado de otra forma lo hubieran hecho contrariando obligaciones internacionales que obligan al Estado argentino. Una resolución de un juez o tribunal, no nos olvidemos que jueces y tribunales son Estado, hubiera sido fuente de responsabilidades internacionales para Argentina.

Respecto de los crímenes de la causa Plan Cóndor en tanto que son crímenes de lesa humanidad, como lo ha dejado establecido en numerosas sentencias la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no tienen validez ni obstáculos jurídicos ni fácticos que pudieran favorecer la impunidad de los autores de estos crímenes. En otras palabras, en tanto que obstáculos a favor de la impunidad no tiene validez ni la prescripción, ni las leyes de amnistía, de Obediencia Debida ni de Punto Final como tampoco lo tienen, los indultos, ni sentencias absolutorias fraudulentas previas dictadas por un órgano judicial con la finalidad de garantizar al inculpado que no podrá ser objeto de un nuevo proceso por los mismos hechos.

La lucha contra la impunidad de los violadores de los Derechos Humanos a la que está comprometida Latinoamérica no es una propuesta programática, sino que ya es una realidad como lo demuestran no solo el juicio que ha comenzado la semana pasada en Buenos Aires, sino también los que están abiertos contra Jean Claude Duvalier en Haití y contra José Efraín Ríos Montt en Guatemala.

Investigador Prometeo, SENESCYT, Catedrático de Derecho Penal, España. Experto en protección penal de los derechos humanos.

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