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El Telégrafo
Antoni Gutiérrez Rubí

Internet, derecho universal

10 de julio de 2016

La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en septiembre de 2015 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, un plan de «acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad». Dicha agenda plantea 17 objetivos con 169 metas que abarcan escenarios como el económico, el social y el ambiental. El pasado 27 de junio, y a dos meses de cumplirse un año de la adopción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas tomaba la decisión de adoptar una resolución que promueve el acceso a internet como un derecho universal.      

Esta resolución resultaría crucial porque ayuda a caminar en la dirección correcta para alcanzar los objetivos de la Agenda 2030. Incide en el compromiso que existe para cerrar la brecha tecnológica entre clases sociales y es una oportunidad para el empoderamiento femenino y el acceso por parte de las niñas a la tecnología, lo que garantizaría —de algún modo también— el derecho universal a la educación.  

Una resolución, como derecho universal

Esta resolución es un valor en sí misma. El Consejo adoptó la protección de los derechos de los usuarios de la Red, destacando la libertad de opinión y expresión, y el derecho a la privacidad. En la reunión global de Sao Paulo celebrada el 23 y 24 de abril de 2014, y en el Foro para la Gobernanza en internet celebrado en noviembre de 2015, se reconoció la necesidad de aceptar los derechos que tienen las personas que usan internet de la misma manera que se protegen los derechos de personas offline. «Tomando nota de que el ejercicio de los derechos humanos, en particular el derecho a la libertad de expresión en internet, es un tema de creciente interés e importancia a medida que avanza el ritmo del desarrollo tecnológico y permite a las personas en todo el mundo utilizar las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Observando también la importancia de fomentar la confianza y la confianza en internet, porque no menos importante es, con respecto a la libertad de expresión, la privacidad y otros derechos humanos. El potencial de internet, entre otras cosas, es un facilitador para el desarrollo y la innovación con la plena cooperación de los Gobiernos, la sociedad civil, el sector privado y el mundo académico».

Estas últimas frases supondrían el eje central de la resolución que, dividida en 15 puntos, ha sido aprobada por 70 países.   

Ante este escenario es inevitable referenciar la oposición a la ley antipiratería que preparaba     EE.UU. en 2012 y que modificaba la relación de fuerzas entre usuarios y propietarios en internet. La tecnología social (que construye relaciones, comunidades e intereses en base a una fuerte emancipación personal y profesional) nutre el ecosistema de internet y es mucho más que mera tecnología. Se trata de una nueva cultura que cambia grandes ecuaciones como, por ejemplo, la percepción entre valor y precio, o las relaciones con los productos y servicios entre propietarios o usuarios.

Cerrando la brecha tecnológica

La libertad es el ADN de la Sociedad Red, y esto es algo que ha entendido el Consejo de Derechos Humanos. Por eso no duda en hacer hincapié en la resolución, explicitando que el acceso a internet facilita enormes oportunidades para la educación, pero para que sea asequible e inclusiva a nivel mundial. Considera a internet una herramienta esencial para facilitar la promoción del derecho a educar y el derecho a la alfabetización digital para reducir la brecha existente. Es verdad que existen muchas formas de brechas digitales —entre hombres y mujeres, entre clases, países y grupos etarios…—, pero reconoce que, todas ellas, deben cerrarse.   

En este contexto, derechos y libertades establecen una nueva lógica. Y no se puede negar que, con internet, aparece con una fuerza desbordante el derecho al conocimiento, la información, la creación y el talento como un capital fundamentalmente público que no puede quedar secuestrado.

Hacia la igualdad de género y la participación

Además del acceso a la educación y de las oportunidades hacia una mayor inclusión, es importante añadir que esta resolución —acentuada en el punto 13— insta a todos los Estados a reducir la brecha digital de género. Una mejora en el uso de la tecnología, y de manera particular, de las tecnologías de la información, promueve el empoderamiento de mujeres y niñas. Por tanto, es de vital importancia impulsar su alfabetización digital y alentarlas e inspirarlas hacia su crecimiento personal y profesional. El empoderamiento implica democracia. ¿Habría democracia si el acceso a internet fuera discriminatorio? Las palabras tecnología y mujer van unidas a la concepción de un cambio social.

Acabo con una reflexión que compartía en esta entrevista para Nación Red: la cultura digital es, fundamentalmente, femenina. La feminización de la vida encuentra en la cultura digital un espacio natural que debe ser el referencial. Escuchar, dialogar, compartir, reconocer, cocrear… son valores incompatibles con una visión machista y misógina de la sociedad. La cultura digital tiene en su naturaleza valores y patrones que pueden favorecer la libertad y la igualdad, pero también la participación.  

El derecho a la libertad de expresión en internet, como resalta el Consejo en su último punto, también fomenta herramientas para la participación ciudadana y la sociedad civil, para el desarrollo de las comunidades y para el ejercicio de los derechos humanos. (O)     

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